Cuando hablamos de emprendimiento, negocios y empresas, siempre aparece el término persona jurídica, que no es extraño ni nuevo para quien ha pensado en emprender o ya lo ha hecho. Al mismo tiempo, el término persona natural también está siempre presente en la documentación. Entonces, ¿cuál es la diferencia entre persona natural y persona jurídica?
En este breve posteo, te contamos lo esencial.
Persona natural
Según el Código Civil colombiano, persona natural son todos los seres humanos “cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición”. Financieramente, responden con su nombre, su cédula e, incluso, su patrimonio personal.
Toda persona natural tiene derechos y deberes. Si eres socio de una persona jurídica -como por ejemplo, socio de una empresa-, tus derechos y deberes son distintos e independientes. En ese sentido, en términos jurídicos respondes con el monto de tu aporte a la sociedad.
Persona jurídica
El término persona jurídica, en cambio, indica una entidad formada por una o más personas físicas. Siempre tienen un fin o propósito. Las obligaciones que adquiere la compañía son responsabilidad de todos sus miembros como entidad diferente de las partes. Una persona jurídica actúa a través de sus representantes legales.
No son personas jurídicas: (a) sociedades industriales, (b) corporaciones o (c) fundaciones de derecho público, como los establecimientos que se costean con fondos del tesoro nacional.
Por lo tanto, una persona jurídica es una entidad reconocida por el Estado, en el que está registrada. En tal sentido, se dice que tiene una “personalidad jurídica” independiente en relación con los miembros.
La persona jurídica, además, es capaz de ser representada judicial y extrajudicialmente. Existen dos clasificaciones de Personas Jurídicas, según el artículo 633 del Código Civil colombiano:
- Corporaciones o empresas
- Fundaciones de beneficiencia pública
¿Cuál es la diferencia entre persona natural y jurídica?
- Condición. Las personas naturales, en cuanto ejerzan una actividad mercantil, son consideradas comerciantes. Las personas jurídicas tienen personería jurídica, que alude a su capacidad legal de representar, ser representado y adquirir derechos y obligaciones.
- Nombre. Las personas naturales responden y se identifican ante la DIAN con su propio nombre; la DIAN les asigna un Nit, que es el mismo número de cédula con un dígito adicional. Las personas jurídicas responden bajo un nombre ficticio que se crea; deben tener un certificado de existencia y representación legal en el Registro Mercantil y en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro
- Responsabilidad. La persona natural responde a título personal por sus obligaciones. La persona jurídica responde a través de una sociedad que puede estar conformada por múltiples personas, sin necesidad de identificarlas.
- Representación. La persona natural actúa por sí misma. La persona jurídica actúa por medio de su representante legal, tanto para obligarse como para ejecutar los actos de los accionistas.
- Patrimonio. A nivel financiero, la persona natural responde con la totalidad de su patrimonio, conformado tanto por los bienes de su empresa como por los bienes personales y familiares. La persona jurídica posee el patrimonio de su empresa, que es el que cuenta en primera instancia para el cumplimiento de las obligaciones: si ésta no la hiciera, recién allí tendrán responsabilidad los socios por separado.
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